RESOLUCIÓN NÚMERO 0533 DE 1987 (3 DE JUNIO)
Por la cual se
reconoce una Personería Jurídica.
LA GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ
En uso de sus
facultades legales, y CONSIDERANDO:
Que JESUS A.
LOZANO ASPRILLA Y CARLOS A. CAICEDO LICONA, identificados con las
cédulas de ciudadanías números 2.888.434 de Bogotá y 17.138.764 del mismo
lugar, en su orden respectivamente obrando en sus condiciones de Presidente y
Secretario de LA ACADEMIA DE HISTORIA DEL CHOCO, por medio del memorial
de mayo 13 de 1987, han solicitado al Gobierno Departamental,por intermedio
del Departamento Administrativo Jurídico, se le reconozca Personería
Jurídica a la Academia que representan.
Que Por
decreto extraordinario número 156 de marzo 15/83, se estableció el estatuto
básico de la Administración Departamental del Choco, por decreto 164 de marzo
15/83, se estructuro el Departamento Administrativo Jurídico.
Que, los
peticionarios has acompañado a su solicitud los siguientes documentos:Memorial
dirigido a la señora Gobernador del Departamento del Choco, con el fin de que se
le reconozca Personería Jurídica a la Academia que representan con sede en la
ciudad de Quibdó, Departamento del Chocó.
Acta de
Fundación de la Academia
Acta de
aprobación de mesa directiva
Estatutos de
la Academia
Acta de
aprobación de los estatutos
Recibo de caja
número 110078 de mayo 13 de 1987, expedido por la Tesorería General del
Departamento del Choco, por la suma de un mil pesos (1.000), por concepto de la
expedición de la citada Personería Jurídica.
Que siendo la
ACADEMIA DE HISTORIA DEL CHOCO, una entidad sin ánimo de lucro, como
reza en los estatutos y de conformidad con las normas legales vigentes sobre
la materia, es deber del Gobierno Departamental acceder al
reconocimiento de su Personería Jurídica, pues se han llenado además requisitos
estatuidos en el literal a) del artículo 1º del Decreto 2703 de 1922.
RESUELVE:
ARTICULO
PRIMERO. Reconocer Personería Jurídica a la ACADEMIA DE HISTORIA DEL
CHOCO, con sede en la ciudad de Quibdó y aprobar sus estatutos.
ARTICULO
SEGUNDO. Reconocer a JESUS LOZANO ASPRILLA, y CARLOS A. CAICEDO
LICONA, de las condiciones civiles anotadas anteriormente, como Presidente y
Secretario de la ACADEMIA DE HISTORIA DEL CHOCO, quedando inscrito sus
nombres en los libros respectivos de la Gobernación del Chocó y se tendrán
como tales mientras se solicita y se obtenga nueva inscripción.
ARTICULO
TERCERO. La presente resolución será publicada en la Gaceta Departamental
por cuenta de la entidad cuya Personería Jurídica se conoce y regirá quince
(15) das después de haber cumplido con los requisitos del articulo 4º del Decreto
1326 de 1922.
COMUNIQUESE,
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Quibdó
a los 3 días de junio de 1987.
EVA MARIA ALVAREZ DE COLLAZOS
Gobernadora del Departamento del Chocó
MIRNA BALDRICH FIGUEROA
Jefe Depto. Admitivo. Jurídico.
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