LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL CHOCÓ, en
uso de sus atribuciones legales y en
especial las que le confiere el Decreto 1222 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que por
Resolución 533 del 3 de junio de 1987 del Gobierno Departamental otorgó
Personería Jurídica a la Academia de Historia del Chocó, cuyos objetivos
son:
• Indagar,
escribir y difundir la Historia local y Departamental.
• Propagar y
promover permanentemente su conocimiento y aprecio, y el de los
próceres locales y departamentales y de cuantos por su actuación en servicio de
la comunidad y de la patria merezcan el reconocimiento de las presentes
y futuras generaciones.
• Fomentar la
cultura entre los pueblos y ciudades del Choco, y el conocimiento y
divulgación de su historia.
• Organizar
los Centros de Historia del Departamento y coordinar sus labores.
Que la
Academia de Historia del Chocó se constituyó de conformidad con las Leyes
Colombianas como una Entidad sin ánimo de lucro y ajena a la política
partidista pero, respetuosa de las ideas de todos y cada uno de sus
integrantes.
Que la
Academia atenderá las consultas y solicitudes que sobre tema histórico le sean
formuladas por parte de las autoridades Departamentales, Municipales, entidades
civiles e individuales.
Que de
conformidad con el artículo 4º, de los estatutos que rigen «La Asamblea Departamental
del Chocó impulsara su legalización para que la Academia de Historia del
Chocó sea el órgano consultivo del Gobierno Departamental y tenga a cargo la
conservación y vigilancia del patrimonio histórico y monumental del Chocó.
Que
igualmente, corresponde a la Academia de Historia del Chocó velar por la
conservación y funcionamiento de los museos y casas históricas del Departamento.
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO. A partir de la fecha,
la Academia de Historia del Chocó, reconocida por
medio de la resolución número 533 del 3 de junio de 1987,emanada de la
Gobernación del Chocó, será órgano consultivo del Gobierno Departamental
en materia histórica y le corresponderá la conservación y vigilancia del
Patrimonio Histórico y Monumental del Chocó, asi como le corresponderá
velar por la conservación y funcionamiento de los Museos y casas
Históricas del Departamento.
ARTICULO SEGUNDO. Para ejecutar las
funciones señaladas en el artículo anterior,
facultase al Gobierno Departamental para que, por medio de la inclusión de
partidas en su presupuesto, o por medio de auxilios que le conceden los
institutos descentralizados, así como los municipios del Chocó,
pueden cumplir
con esta.
ARTICULO TERCERO. La presente Ordenanza
rige desde la fecha de su sanción
y deroga todas
aquellas que le sean contrarias.
Dada en
Quibdó, a los 30 días del mes de noviembre de 1987
EUCLIDES LOZANO LEMUS
Presidente
FERNANDO CORDOBA IBARGUEN
Secretario General
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA HONORABLE ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL
CHOCÓ
CERTIFICA
Que la
Ordenanza 12 de 1987, por la cual se rige a la Academia de Historia del Choco, como
órgano consultivo del Gobierno Departamental y se le asigna la conservación y
vigilancia del Patrimonio Histórico y Monumental del Chocó, sufrió los
tres (3) debates reglamentarios en tres (3) sesiones distintas.
Quibdó,
noviembre 25 de mil novecientos ochenta y sietes (1987)
FERNANDO CORDOBA IBARGUEN
Secretario
General
SANCIONASE LA ORDENANZA No. 12 de 1987
Por la cual se
erige a la Academia de Historia del Chocó, como órgano consultivo
del Gobierno
Departamental del Chocó.
Quibdó,
noviembre 30 de 1987.
EVA MARIA ALVAREZ DE COLLAZOS
Gobernadora del Chocó
BUENAVENTURA MORENO LEMUS
Secretario de Educación y Cultura
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS AL PROYECTO DE
ORDENANZA
Por medio del
cual se erige a la Academia de Historia del Chocó, como órgano consultivo del
Gobierno Departamental y se le asigna la conservación y vigilancia del
patrimonio histórico y monumental del Chocó.
Honorables
Diputados:
Como lo
indicamos desde un principio, hemos venido a la Asamblea Departamental del
Choco, no solo a vigilar la marcha de la Administración Departamental, sino a
impulsar y apoyar toda iniciativa que tienda a mejorar el desarrollo de la vida
de los chocoanos.
Es por esto,
que en esta oportunidad presentamos a vuestra consideración un proyecto de
Ordenanza que aspiramos sea convertido en Ley para el Departamento, dada su
importancia para la conservación de nuestro patrimonio histórico y cultural.
Así como estamos preocupados por conservar nuestro territorio, también es dable
que esa preocupación envuelva nuestro patrimonio histórico y cultural, dado que
«pueblo que no escribe y conserva su historia, está llamado a desaparecer.
ANTECEDENTES DELA ACADEMIA
Producto de
una comisión oficial llevada a cabo en 1986 por los diputados JAIRO MARIN
MACHADO, JUAN B. VELASCO MOSQUERA Y AUGUSTO CICERON
MOSQUERA CORDOBA, a la ciudad de Zipaquirá donde se celebró los 100 años
de fundado del Departamento de Cundinamarca y de la existencia de
la Constitución Nacional, acto al cual fueron invitados por su homóloga de
Cundinamarca, se trajo la idea de crear la Academia de Historia del
Chocó, así como existe no solo en , Cundinamarca, sino en departamentos
como Antioquia, Valle, Quindío, Magdalena, etc., todos los cuales son
avalados por la Academia de Historia de Colombia.
Fue así mismo
como a través de una serie de reuniones llevadas a cabo en el trascurso de
varios meses entre julio y diciembre, se pudo constituir la Academia de
Historia del Choco, con eminentes chocoanos y sin espíritu partidista o
grupista. Allí fueron llamados personas que por su amor y cultura en la
ciencia de historia estaban comprometidos con el Chocó, por encima de
otras consideraciones; por ello vemos que está conformada por personas como el
Reverendo padre ELVERTH VALENCIA BARCO, MIGUEL A.
CAICEDO MENA, CARLOS ARTURO CAICEDO LICONA, CESAR RIVAS LARA,
NEFTALI MOSQUERA MOSQUERA, JESUS LOZANO ASPRILLA,OSIAS MOSQUERA
ARRIAGA, ALBERTO GUILLERMO AMPUDIA PEREA,JORGE PEREA
GONZALEZ, NICANOR MENA PEREA, MARCO TOBIAS CUESTA,HERMINIO
CUCALON MENA, SALOMÓN GARCÍA CÓRDOBA, ELY GOMEZ ORTEGA,
MARIANO MENA ROA, JORGE VALENCIA DIAZ, y los impulsores JAIRO MARIN
MACHADO, JUAN BAUTISTA VELASCO Y AUGUSTO CICERON MOSQUERA
CÓRDOBA.
De conformidad
con los propios estatutos que rigen a la Academia de Historia del Chocó, los
Gobernadores del Departamento son miembros Honorables mientras duren
en el ejercicio de su cargo, pues así se le imprime mayor responsabilidad
y confiabilidad en los actos que producen.
El día sábado
13 de diciembre de 1986 se fundó e inicio en legal forma actividades la
Academia, en acto que fue presidido por la mandataria seccional EVA MARÍA
ALVAREZ DE COLLAZOS y con la presencia de altas personalidades del Departamento
que hacemos el artículo 4º de los estatutos, cuando nos piden que
impulsemos su legalización para que la Academia de Historia del Choco sea el
órgano consultivo del Gobierno Departamental y tenga a su cargo la
conservación y vigilancia del patrimonio histórico y monumental del Choco, así como el de
velar por la conservación y funcionamiento de los museos y casas
históricas del departamento.
No vemos pues
objeción alguna a este deseo de superación de los chocoanos en mantener
vivos los hechos que lo han engrandecido en la faz del país, sino que hombres
como MANUEL SATURIO VALENCIA, DIEGO LUIS CÓRDOBA, RAMÓN LOZANO
GARCES, MANUEL MOSQUERA GARCES, tomándolos como los más
recientes exponentes de la identidad chocoana nos sirven de ejemplo a las
presentes y futuras generaciones.-
Pedimos pues
su apoyo a la incoativa que de suyo es de todos los diputados asistentes a
las sesiones ordinarias que iniciamos este primero de octubre y que la
historia a la cual pretendemos conservar nos juzgara.
De los
Honorables Diputados.
AUGUSTO
CICERÓN MOSQUERA CÓRDOBA
ELADIO
MOSQUERA BORJA
ARMANDO LUNA
CAMPO
FELIX MOSQUERA
MOSQUERA
LUIS AUGUSTO GARCÍA PEREA
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